Buenas noches steemians, en el post de hoy les vengo a comentar a cerca de un tema el cual hace como un par de semanas voy comentando con unos amigos y un Lic. en derechos, y es nada más que las leyes del país, todo los días escucho a personas decir "Tengo mis derechos", pero ni ellos mismos conocen por completo la constitución nacional del país, los procesos que se siguen y las leyes las cuales deben de reformarse.
La corrupción del país
Es obvio que el Paraguay esta pasando por problemas políticos en estos momentos, en cuanto a corrupción se refiere, las últimas noticias que se dieron a conocer por ejemplo pueden ser: La renuncia de Jorge Oviedo Matto al Senado, La renuncia de González Daheral Senado, etc. Y cuando digo conocer, me refiero a que renunciaron porque el pueblo comenzó a levantarse contra ellos, ya que los fiscales no reconocen que hicieron alguna acción corrupta.
El temor
El tema de la corrupción en Paraguay viene desde hace siglos, un amigo ya comentó sobre esto en un post antiguo (La corrupción en el Paraguay desde hace siglos), y realmente estas clases de sucesos suelen dejar heridas-temor durante años. Uno de los casos que podemos decir del cual los paraguayos todavía temen (dejó heridas), es el del Presidente-Dictador Alfredo Stroessner, que tuvo un periodo de dictadura de 35 años. Desde el día en el que se le derrocó se estableció una ley en la cual una persona solamente puede ocupar la Presidencia por 1 periodo de 4 años.
Leyes que se deben de reformar
Como dije en el inicio, siempre escucho que las personas reclaman sus derechos, pero ¿Realmente conocen las leyes del Paraguay?. Se preguntarán a que me refiero con esto, son los siguientes casos:
-El que maltratara físicamente a otro, será castigado con pena de hasta ciento ochenta días-multa, cuando la víctima sea un niño, la pena privativa de libertad será de hasta un año o multa.
- Maltrato de niños y adolescentes bajo tutela,
- Estupro, será castigado con pena de multa
- Actos homosexuales con personas menores, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.
- Proxenetismo ya sea menor o mayor de edad, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa
Todas estas infracciones son consideradas delitos, es decir, es una pena no mayor a cinco años en el cual se puede pagar una multa o también ir a prisión domiciliaria, y hablando de prisión domiciliaria, un amigo me contó hace poco que les había saludado a 2 señores que estaban en una fiesta en la casa de su primo (los señores estaban vendiendo cocaína según lo que me contaron), y uno de ellos reconoció a mi amigo ya que el padre (de mi amigo), era el abogado de uno de los señores de ahí, y al parecer tiene prisión domiciliaria, un dato es que estaba a mas o menos 20 kilómetros de su casa.
Mientras que tenemos una ley en específica la cual es:
"Artículo 163.- Abigeato.
1°.- El que hurtara una o más cabezas de ganado menor o mayor, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años.
2º.- Cuando se hurtara cabezas de ganado menor o mayor de considerable valor o utilidad, la pena privativa de libertad será de uno a diez años, atendiendo las condiciones especiales de la victima."

Es decir, un abigeato es un crimen, una pena mayor a diez años, mientras que los otros artículos que acabamos de ver son delitos. Simplemente creo que se explica solo.
Y ustedes ¿Que opinan sobre esto, esta bien o deberían de modificarla?
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