Ahora bien, la aludida prueba psicológica, no fue realizada ni en las instalaciones universitarias ni por personal adscrito a la universidad, sino en un consultorio privado, previa cancelación del costo de la evaluación.
La psicólogo en cuestión -quien ejerce de manera privada o particular, esto es, fuera de un instituto o centro de salud pública-, para comenzar, llegó por lo menos una hora después de lo pautado, dirigiéndose a los aspirantes sin detenerse a justificar o disculparse por la espera.
Cabe destacar, que previamente los aspirantes fueron divididos en tres grupos o tandas, a las cuales se asignó una fecha y hora para presentar la prueba.
Como acompañante y mientras esperaba con mis hijos en la sala contigua, llamó poderosamente mi atención, el desagradable tono -autoritario, brusco- con el cual la psicólogo se dirigía a los aspirantes, todos adultos, asumo, profesionales en su mayoría.
La prueba, comprendía dos fases; en la primera, los participantes efectuarían individualmente una serie (tres) de dibujos: figura humana (bajo la lluvia), familia y dibujo libre. Y, la segunda parte, consistía en una breve entrevista con la psicóloga.
Antes de dar las pautas para ejecutar la primera fase de la evaluación psicológica, la profesional en cuestión, señaló que implementaron la prueba por las malas experiencias –no especificó- que tuvieron con un participante, en una cohorte anterior, pretendiendo determinar si los aspirantes eran o no problemáticos.
Igualmente, explicó los tres tipos de admisión que tiene el programa formativo, en base a los resultados arrojados por la evaluación psicológica; a saber, admitido, condicionado y rechazado, y que quienes resultarán condicionados, no sólo debían cumplir ciertas terapias psicológicas, sino que dichas terapias debían ser forzosamente conducidas por ella y no por con otro profesional. Por último, llamó poderosamente mi atención, como después de dar estas pautas, la psicólogo delegó la actividad en una pasante, estudiante de psicología, quien por cierto, brindó un trato más adecuado a los aspirantes.
Quiero resaltar, con la mayor humildad posible, que soy egresada de esa respetable casa de estudios, que cursé estudios en dos de sus facultades, completando por lo menos una de esas carreras universitarias. Adicionalmente, soy egresada de postgrado de la misma universidad, donde también cursé un diplomado sobre docencia, y en ningún momento, en ese largo devenir estudiantil y/o de formación, se impuso a mi persona o a otros -que tenga conocimiento-, la satisfacción de una prueba similar, menos en condiciones tan arbitrarias y de atropello, motivo por el cual, me pregunto: ¿Es constitucional este tipo de selección? ¿Es constitucional la imposición de un tratamiento psicológico para cursar ese programa de formación?
¿Cómo queda la norma constitucional (art. 46) conforme a la cual ninguna persona puede ser sometida a pruebas ni tratamientos sin su consentimiento, salvo cuando esté en peligro su vida? Obviamente, cuando el aspirante acude a la prueba y/o al tratamiento psicológico impuesto, consciente en la misma, pero sencillamente no le queda otra alternativa si tiene interés en ingresar al programa.
Sumado a lo anterior, ¿Es éticamente aceptable que el tratamiento psicológico se cumpla ante la misma profesional que aplica la selección?, esto, en el entendido que teniendo un costo adicional a la prueba, le resulta económicamente conveniente la imposición de las terapias.
¿Qué tan productivo es en la práctica, un tratamiento psicológico cumplido obligatoriamente, y no de manera voluntaria?
¿Es que acaso los aspirantes no tienen, como mínimo, el derecho a seleccionar un profesional de su agrado y que les inspire confianza?
¿Será que la implementación de esta prueba psicológica, entendida como un filtro educativo, obedece a intereses económicos, ajenos a la universidad y que benefician a particulares?
¿Cuáles son los criterios para clasificar como problemático a un aspirante o estudiante en un programa de esta clase? ¿Acaso que tenga traumas infantiles, o que tenga problemas familiares o sufra de estrés? De ser este el caso, ¿ello le exime de ser apto para completar la formación? ¿Ello lo priva de su derecho humano a la educación y a capacitación laboral?
¿Es que acaso la educación dejó de ser un derecho humano, no sujeto a discriminación o exclusión?
Y en el peor de los casos, aún si el aspirante requiere realmente la evaluación y el tratamiento, ¿es que el estudio y/o la formación para el trabajo no son agentes de promoción y recuperación de la salud física y mental? ¿Es que las aulas no son ambientes donde debe privar la inclusión, la tolerancia, la diversidad, la discusión y el intercambio de conocimientos?
Mas que respuestas, quiero alertar sobre lo peligroso de la generalización de este tipo de procesos de selección educativa, cuya implementación conllevaría seguramente a la exclusión de todo aquel que opine o sea diferente, de todo aquel que sea crítico, exprese su opinión o desacuerdo, que efectúe algún tipo de reclamo o sugerencia dentro de un aula, acarreando adicionalmente, la nefasta imposición de una etiqueta como “problemático”, y que por tanto, merece ser excluido, condicionado y obligado a someterse a tratamientos psicológicos, entre otros.
Si la salud mental y el bienestar psicológico se convierten en un parámetro o impedimento para acceder al estudio o formarse laboralmente, temo que en mi país, las aulas terminaran quedándose vacías, sumadas al innegable éxodo migratorio, ¿o es que alguien podría vivir actualmente en Venezuela, sin ver afectado su estado emocional o psicológico?, principal tópico que entiendo, pretende despejar la aludida prueba de selección.
Vale considerar, es la psicólogo en cuestión, con su actitud todopoderosa, que no mostró respeto ni empatía por los aspirantes, quien tiene a cargo la selección para ingresar al programa, por demás, a través de la aplicación de una prueba cuya idoneidad en materia educativa y de capacitación, es muy discutible, y como prueba de ello, en mi experiencia, no se exige ni para estudiar en la Escuela de Letras (Facultad de Humanidades) ni en la Escuela de Derecho (Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas), tampoco para cursar estudios de postgrado (especialización) ni un Diplomado en Componente Docente, por tanto, mal podría ser imprescindible y menos determinante, para aspirar a un programa de formación en panadería y/o pastelería, sin ánimos de desmerecer la importancia de ningún tipo de aprendizaje ni área de conocimiento.
Es importante recordar que conforme al artículo 103 de la Constitución venezolana, toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. Asimismo, es importante destacar que incluso al enfocar este tipo de test a la selección de personal, el no satisfacer los parámetros de la prueba, no implica que el candidato tenga un problema psicológico, sólo que su perfil no se ajusta a lo que buscan laboralmente.
Pero, quizá lo más alarmante es como las personas, silenciosamente, se someten a este y a otros atropellos dentro del sistema educativo, siendo precisamente ese silencio o inercia, el mayor problema que enfrentamos.
Por cierto, feliz dia del amor y la amistad!