En estos días se está debatiendo en Argentina la legalización del aborto. Tal vez haya pocos temas que despierten tantas sensibilidades como este. Se pueden identificar en un primer plano dos posturas muy marcadas y opuestas. Iré sobre cada una de ellas para identificar la base de sus respectivas argumentaciones. De esta manera espero poder aportar algo de claridad al debate.
Hay que ver, en primer lugar, que esta postura no da espacio para arribar a ningún acuerdo o conciliación con quienes puedan querer considerar el aborto, ya que el enfoque desde el que parten no diferencia entre un aborto y un asesinato; incluso, guiados por esta perspectiva, se llega a veces a defender la idea de que un aborto es todavía más cruel que un asesinato debido a la evidente imposibilidad de defensa de la víctima. Es decir que para ellos las mujeres que abortan son simplemente asesinas y por lo tanto merecerían la misma sanción que un asesino común o acaso una peor. Se colocan a ellos mismos del lado de quienes están a favor de la vida, trazando así una línea divisoria para dejar del otro lado a quienes según ellos son contrarios a la vida, es decir todo aquel que no comparta su postura antiabortiva.
Los defensores de esta postura no están dispuestos a considerar ni las circunstancias en que la mujer haya podido quedar embarazada, ni su edad, ni el tiempo de gestación del feto. Todos los casos de aborto los encuadran en una única y simple figura: “favorecer el aborto es ir contra la vida”. Entienden ellos que incluso en el caso de un embarazo producto de una violación, el aborto convertiría a la mujer violada en alguien que actúa contra la vida. Pero, entonces, ¿habría que considerar al violador como alguien que actúa a favor de la vida? Formulo esta pregunta retórica solo con el ánimo de hacer ver los absurdos a los que puede llevarnos la defensa de una idea cuando está desprovista del contexto.
La otra postura que también considero extrema, y que se opone a esta primera, es la de los que defienden que sobre el cuerpo de una mujer, esté o no embarazada, solo decide la propia mujer. Sintetizan su postura diciendo: “Sobre mi cuerpo mando únicamente yo”.
También esta postura se encierra sobre sí misma sin dar lugar a la posibilidad de hallar puntos de encuentro con otras posiciones. Esta perspectiva, al encuadrar su argumento en el derecho de la mujer sobre su propio cuerpo, parece estar ignorando el concepto mismo de embarazo, es decir, la gestación de una vida dentro del vientre materno. Vale decir que desde el momento en que una mujer queda embarazada dejó de tratarse solamente de su propio cuerpo. La noción de propiedad no puede aplicarse en este caso. Puede que deba intervenir aquí algún concepto intermedio entre la idea del propio cuerpo (donde la noción de propiedad puede tener lugar) y la de los propios hijos (que son una “libertad en formación”).
En realidad, estas dos posturas extremas pueden ayudarnos a reconocer los dos derechos o fundamentos que están permanentemente en pugna en todo debate sobre el aborto: el derecho a la vida, por un lado, y el derecho de la mujer a controlar su propio cuerpo, por el otro. Entre las dos posturas que mencionamos, que se definen de manera concluyente por uno de ambos derechos, es posible observar una variedad de matices y de grises sobre los que podrá abordarse una discusión constructiva.
Considero que en el debate sobre el aborto debe evitarse en lo posible que se inmiscuyan ideas fundamentalistas o prejuicios conceptuales, para favorecer su abordaje con un criterio que observe la realidad de la sociedad y las distintas circunstancias en que esta problemática tiene lugar.