Las peculiaridades del gobierno espartano se reflejan fácilmente con la sola mención que esta estructura administrativa nacional poseía una monarquía, un consejo de ancianos y una asamblea popular, las cuales bajo una estructura obviamente jerárquica, era una oposición a la democracia de otras regiones de Grecia. Según cuenta una famosa leyenda, las leyes y las instituciones espartanas fueron creadas por un individuo llamado LICURGO, pero al día de hoy no se sabe con certeza si en realidad existió o si solo fue una fábula más.
ESTRUCTURA DEL GOBIERNO
ASAMBLEAS POPULARES: Toda propuesta que se realizará para X motivo, tenía que pasar por el consejo llamado APELLA, o asamblea, que estaba constituido por todos los ciudadanos mayores a 30 años, esta solo tenía la capacidad de votar a favor o en contra de una determinada resolución, en donde se utilizaban los gritos de los distintos grupos para determinar la respuesta, ganando el grupo más ruidoso.
CONSEJO DE ANCIANOS INFERIOR: El consejo o GERUSIA, estaba formada por 2 reyes y 20 consejeros, los cuales poseían una edad superior a 60 años, estos tenían la capacidad de formular leyes y hacerlas valer, como de ejercer de jueces en distintas disputas.
CONSEJO DE ANCIANOS SUPERIOR: En cuestión el verdadero poder a la hora de la toma de decisiones del Estado, residía en los 5 supervisores o EFOROS, que eran elegidos anualmente en la Asamblea.
MONARQUÍA: Esparta poseía 2 familias reales, las cuales tenían 2 reyes que siempre gobernaban juntos, aunque su principal responsabilidad eran la de dirigir los ejércitos espartanos en tiempos de guerra y paz, también poseían otro tipo de poderes públicos, si bien limitados por las obligaciones religiosas.
REFERENCIA: libro- LOS GRIEGOS – SUSAN PEACH Y ANNE MILLARD – editorial SUSAETA